PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE TRADUCCIÓN E INTERPRETARIADO DEL PROYECTO EFA PROYECTO EFA 110/01

COMDUR, EN EL MARCO DE LA 1ª Convocatoria de proyectos del Programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027

1.-ANTECEDENTES

La Federación Mercantil de Gipuzkoa (FMG) presentó como Beneficiario Principal el proyecto EFA 359/CORE en el marco del programa Interreg V-A España• Francia- Andorra 2014-2020 (3ª convocatoria) que comenzó en enero de 2020 y finalizó en mayo de 2022. El objetivo de dicho proyecto fue apoyar al pequeño comercio en su digitalización.

En base a los resultados obtenidos y el grado de satisfacción de los beneficiario del proyecto, FMG decidió presentar el proyecto COMDUR (Commerce Durable) para apoyar al pequeño comercio a incorporar medidas de economía circular en la gestión de su negocio. El proyecto COMDUR utilizará las herramientas y metodologías aprendidas en el proyecto CORE

Para materializar las diversas actuaciones del proyecto COMDUR resulta imprescindible la contratación de medios externos, teniendo en cuenta que ninguna entidad del partenariado cuenta con personal disponible para asumir los servicios de traducción e interpretariado, por lo que resulta necesario proceder a la adjudicación y formalización de un contrato, que posibilite contar con los servicios de traducción e interpretariado pertinentes a estos efectos. Dicho contrato se considera un gasto compartido por la mayoría de los socios del proyecto COMDUR, tal y como está reflejado en el presupuesto del formulario de candidatura programado, siendo la Federación Mercantil de Gipuzkoa, como Beneficiario Principal, la entidad responsable de dicha licitación.

El presente pliego tiene por objeto determinar las características, especificaciones y condiciones técnicas que habrán de regir la contratación de este servicio.

2.- OBJETO

El objeto del contrato es la prestación de los servicios de traducción e interpretariado al partenariado del proyecto COMDUR, para la prestación de servicios en las reuniones que así lo requirieran y la realización de todas las traducciones de los documentos generados dentro del proyecto EFA 110/01 COMDUR.

El servicio que se licita deberá ser prestado a todos los socios del proyecto, que son los siguientes:

  • Federación Mercantil de Gipuzkoa.
  • Ayuntamiento de Pamplona
  • Zaragoza Esencial
  • Centro Tecnológico de Cataluña. EURECAT
  • CCI Toulouse Haute Garonne
  • FEDE Toulouse
  • CCI Pyrénées-Orientales

Este trabajo se enmarca en el marco del programa INTERREG VI- A España-Francia- Andorra (POCTEFA) 2021-2027. 1ª Convocatoria Clásica de proyectos

3.- ALCANCE, DESCRIPCIÓN E IMPORTE DE LOS TRABAJOS A EJECUTAR

El trabajo a desarrollar para el partenariado del proyecto EFA 110/01 COMDUR será el siguiente:

  • Servicio de interpretariado del Proyecto:

Con carácter general, los idiomas que comprenden los trabajos objeto de este contrato serán el francés y el castellano.

En lo que respecta a cada servicio, el equipo de intérpretes colaborará con la FMG para decidir en cada caso la modalidad del servicio – traducción consecutiva o simultánea – según las características de la reunión. Dependiendo de la duración de las mismas, podrá requerirse la presencia de uno o dos intérpretes.

Este servicio comprenderá la interpretación en cinco encuentros distribuidos dentro del territorio POCTEFA siendo la duración de cada uno de ellos de dos a tres días. Los gastos derivados de desplazamientos y estancia en dichos encuentros se encuentran englobados en el presupuesto licitado.

  • Traducción de informes, documentos y publicaciones referentes al proyecto:

Con carácter general, los idiomas que comprenden los trabajos objeto de esta convocatoria serán el francés y el castellano.

Los textos a traducir se facilitarán en uno de estos idiomas por medios telemáticos y tendrán que ser entregados por los mismos medios. Los textos deberán ser traducidos en el plazo máximo de una semana cuando tengan una extensión de hasta 700 palabras. Si la extensión es superior, la FMG señalará el plazo adecuado para ello previa consulta con la empresa o profesional contratada.

La empresa o profesional contratada debe garantizar que durante el periodo de vigencia del contrato dispone de los recursos humanos necesarios para llevar a cabo las peticiones de traducción que le sean requeridas. Durante la vigencia del proyecto se deberán traducir los contenidos de la página web, los soportes de comunicación, las actas de los seis encuentros que van a celebrarse, los seis informes de progreso y de calidad, riesgos e impactos, las 30 fichas de soluciones tecnológicas y las 15 fichas de buenas prácticas, los documentos producidos relativos a la madurez en economía circular de los comercios y sus correspondientes itinerarios los dos informes sobre el proceso de capacitación, los tres informes sobre los usos de los productos piloto del proyecto, los informes intermediarios y el informe final.

En la mayoría de supuestos, los textos a traducir revestirán cierta complejidad técnica, dado que su nivel de especialización es alto, en relación con la terminología de las nuevas tecnologías y especialmente con la terminología propia al sector comercial minorista. Por tal motivo, los textos de origen contendrán terminología técnica de carácter específico relativa a los sectores de actividad citados, no susceptible en ningún caso de meras traducciones literales.

Dicha circunstancia hace absolutamente imprescindible que la empresa o profesional contratada cuente con una formación y experiencia suficientes para garantizar el cumplimiento de los requisitos de calidad del servicio, concretamente, los trabajadores que ejecuten los trabajos deben tener:

  • Formación universitaria,
  • Una experiencia profesional mínima en la prestación de servicios de traducción e interpretariado de 5 años.

REQUISITOS DE CALIDAD DEL SERVICIO

Las traducciones entregadas deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Abarcar el contenido total de los documentos de origen, sin más excepciones que las que, en su caso, pueda señalar la FMG de forma expresa en el momento de cursar cada una de las peticiones de servicio.
  • Reflejar fielmente los textos originales, con las debidas adaptaciones que requieran las características lingüísticas y gramaticales de la lengua de destino.
  • Con carácter general, pero especialmente por lo que se refiere a los documentos de carácter técnico, deberá garantizarse que la terminología específica contenida en los documentos de origen no es objeto de una traducción literal sino que el documento final resultante contiene exactamente las palabras, expresiones, acrónimos, vocablos, equivalentes de la lengua de destino, de forma que refleje de manera precisa y exacta los conceptos a los que dicho documento origen hace referencia.
  • No contener ningún error ortográfico, estilístico o de puntuación.
  • Guardar una homogeneidad de estilo en todos los documentos.
  • Presentarse en un formato y diseño, tanto de texto como gráfico, de iguales características que los de los documentos de origen.

El importe de los trabajos a ejecutar (traducción e interpretariado) es de 20.997,50€ impuestos incluidos. Dicho importe corresponde al sumatorio de las partidas que cada uno de los socios del proyecto COMDUR tiene asignado en el formulario de candidatura para los trabajos de traducción e interpretariado del proyecto. El abono del servicio se realizará periódicamente, previa presentación de la correspondiente factura.

La distribución del presupuesto entre los socios es el siguiente y en base a las siguientes anualidades:

Presupuesto Total Periodos
2024 2025 2026
Federación Mercantil de

Gipuzkoa

 

3.762,50

 

1.505,00

 

1.505,00

 

752,50

Zaragoza Esencial 2.500,00 1.000,00 1.000,00 500,00
Eurecat 4.235,00 1.694,00 1.694,00 847,00
CCI Toulouse 4.500,00 1.800,00 1.800,00 900,00
Fede Tolouse 2.000,00 800,00 800,00 400,00
CCI Pirineos Orientales 4.000,00 1.600,00 1.600,00 800,00
TOTAL Impuestos

Incluidos

 

20.997,50

 

8.399,00

 

8.399,00

 

4.199,50

 

4.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN

4.1. Plazo de Ejecución

El plazo para la prestación de los servicios que constituyen el objeto del presente expediente se extenderá desde la firma del contrato hasta el 30 de Junio de 2026.

No obstante lo anterior, el plazo para la finalización de los servicios podrá ampliarse por decisión del partenariado del proyecto COMDUR siempre y cuando reciba la autorización de la Autoridad de Gestión para un aplazamiento de su fecha de finalización.

Por lo tanto, la finalización de este contrato irá ligada a la finalización del proyecto. En este sentido si el proyecto COMDUR resulta ampliado o dotado de mayor tiempo de ejecución, este contrato lo hará en la misma medida. Esta ampliación del tiempo no llevará aparejada una mayor cuantía del mismo, toda vez que no supone un incremento en los trabajos que habrá de llevar a cabo la empresa o profesional contratada, sino simplemente una modificación de los plazos en los que los trabajos se habrán de llevar a cabo.

4.2.- Equipo de Trabajo

La empresa o profesional contratada deberá aportar personal cualificado, con conocimientos específicos en los aspectos de la prestación, que cumplan los siguientes requisitos mínimos:

  • formación universitaria,
  • una experiencia profesional en la prestación de servicios de traducción e interpretariado de al menos 5 años,

4.3.- Propiedad de los informes y documentos elaborados

Todos los documentos, resoluciones e informes elaborados por la empresa o el profesional adjudicatario como consecuencia de la ejecución del presente contrato, serán propiedad exclusiva del órgano de contratación, que podrá utilizarlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin necesidad de aprobación por parte de la empresa o profesional contratada.

4.4.- Confidencialidad

La empresa adjudicataria, así como el personal adscrito a la misma, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato.

5.- FORMATO Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las propuestas serán presentadas en formato papel con los requisitos y documentación indicados en el pliego de cláusulas administrativas.

 

 

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE TRADUCCIÓN E INTERPRETARIADO DEL PROYECTO EFA PROYECTO EFA

110/01 COMDUR, EN EL MARCO DE LA 1ª Convocatoria de proyectos del Programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027

 

1.-ANTECEDENTES

La Federación Mercantil de Gipuzkoa (FMG) presentó como Beneficiario Principal el proyecto EFA 359/CORE en el marco del programa Interreg V-A España- Francia- Andorra 2014-2020 (3ª convocatoria) que comenzó en enero de 2020 y finalizó en mayo de 2022. El objetivo de dicho proyecto fue apoyar al pequeño comercio en su digitalización.

En base a los resultados obtenidos y el grado de satisfacción de los beneficiario del proyecto, FMG decidió presentar el proyecto COMDUR (Commerce Durable) para apoyar al pequeño comercio a incorporar medidas de economía circular en la gestión de su negocio. El proyecto COMDUR utilizará las herramientas y metodologías aprendidas en el proyecto CORE

Para materializar las diversas actuaciones del proyecto COMDUR resulta imprescindible la contratación de medios externos, teniendo en cuenta que ninguna entidad del partenariado cuenta con personal disponible para asumir los servicios de traducción e interpretariado, por lo que resulta necesario proceder a la adjudicación y formalización de un contrato, que posibilite contar con los servicios de traducción e interpretariado pertinentes a estos efectos. Dicho contrato se considera un gasto compartido por la mayoría de los socios del proyecto COMDUR, tal y como está reflejado en el presupuesto del formulario de candidatura programado, siendo la Federación Mercantil de Gipuzkoa, como Beneficiario Principal, la entidad responsable de dicha licitación.

El presente pliego tiene por objeto determinar las características, especificaciones y condiciones técnicas que habrán de regir la contratación de este servicio.

2.- OBJETO

El objeto del contrato es la prestación de los servicios de traducción e interpretariado al partenariado del proyecto COMDUR, para la prestación de servicios en las reuniones que así lo requirieran y la realización de todas las traducciones de los documentos generados dentro del proyecto EFA 110/01 COMDUR.

El servicio que se licita deberá ser prestado a todos los socios del proyecto, que son los siguientes:

  • Federación Mercantil de Gipuzkoa.
  • Ayuntamiento de Pamplona
  • Zaragoza Esencial
  • Centro Tecnológico de Cataluña. EURECAT
  • CCI Toulouse Haute Garonne
  • FEDE Toulouse
  • CCI Pyrénées-Orientales

Este trabajo se enmarca en el marco del programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027. 1ª Convocatoria Clásica de proyectos

3.- PRESUPUESTO

El importe de los trabajos a ejecutar (traducción e interpretariado) es de 20.997,50€ impuestos incluidos. Dicho importe corresponde al sumatorio de las partidas que cada uno de los socios del proyecto COMDUR tiene asignado en el formulario de candidatura para los trabajos de traducción e interpretariado del proyecto.

En dicho presupuesto se hayan incluidos todos los gastos en los que deba incurrir el adjudicatario final para la ejecución del presente contrato, incluidos dietas y desplazamientos.

Presupuesto Total Periodos
2024 2025 2026
Federación Mercantil de

Gipuzkoa

 

3.762,50

 

1.505,00

 

1.505,00

 

752,50

Zaragoza Esencial 2.500,00 1.000,00 1.000,00 500,00
Eurecat 4.235,00 1.694,00 1.694,00 847,00
CCI Toulouse 4.500,00 1.800,00 1.800,00 900,00
Fede Tolouse 2.000,00 800,00 800,00 400,00
CCI Pirineos Orientales 4.000,00 1.600,00 1.600,00 800,00
TOTAL Impuestos Incluidos 20.997,50 8.399,00 8.399,00 4.199,50

El precio no será revisado bajo ningún concepto.

La distribución del presupuesto entre los socios es el siguiente y en base a las siguientes anualidades:

4.- TRAMITACIÓN Y PRESENTACIÓN

El presente expediente se tramitará mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria.

Las proposiciones serán secretas y se presentarán a través de correo administrativo en un sobre que contendrá tres sobres cerrados firmados por el licitador o por quien le represente, bajo la referencia de “LICITACION PROYECTO EFA 110/01 COMDUR” dirigidos a la atención del Gerente de la Federación Mercantil de Gipuzkoa. Siendo la dirección a donde remitir la siguiente:

 

Federación Mercantil de Gipuzkoa

Garibai Kalea 36

20004 Donostia

5.- CAPACIDAD

Solamente podrán contratar con Federación Mercantil de Gipuzkoa en nombre del proyecto COMDUR las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional conforme a los artículos 65 a 73 de la LCSP.

6.- DOCUMENTACION Y OFERTAS

El licitador presentará TRES sobres cerrados firmados por él mismo o por la persona que lo represente en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la entidad concursante, el título del procedimiento de licitación. Contendrán:

  • el primero (sobre 1 Documentación Administrativa) la hoja indicando datos de contacto de la persona para el caso de notificaciones, la declaración responsable y la documentación acreditativa de la solvencia técnica mínima solicitada;
  • el segundo (sobre 2 Documentación Técnica) nombre y currículum de la persona adscrita al proyecto COMDUR, certificados de trabajos de traducción e interpretariado de proyectos europeos, certificados de trabajos en el campo del comercio minorista y relación de certificados presentados.
  • el tercero (sobre 3 Propuesta Económica) la oferta económica ajustada al modelo anexo al presente pliego.

SOBRE 1. Documentación Administrativa:

  • Hoja indicando nombre, teléfono, e-mail de la persona de contacto de la empresa licitante para el caso de notificaciones.
  • Declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos de solvencia según se recogen en el 140 de la LCSP, de acuerdo con el modelo contemplado en el (ANEXO I) de este pliego
  • Documentación acreditativa de la solvencia técnica mínima solicitada:
    • Titulación
  • Documentos que acrediten una experiencia del al menos 5 años en traducción e

No se requiere solvencia económica y financiera en el momento de presentar las ofertas pero sí solvencia técnica debido a la alta especialización y profesionalización del servicio a contratar.

SOBRE 2. Documentación Técnica

  • Nombre y currículum de la persona adscrita al proyecto
  • Certificados de trabajos de traducción de proyectos europeos de cooperación financiados a través de Fondos FEDER para la persona adscrita al proyecto. Los certificados deberán contener el nombre de la persona adscrita al proyecto, la naturaleza de los trabajos realizados y estar sellados y firmados por la entidad destinataria de los servicios.
  • Certificados de trabajos de interpretariado de proyectos europeos de cooperación financiados a través de fondos FEDER para la persona adscrita al proyecto. Los certificados deberán contener el nombre de la persona adscrita al proyecto, la naturaleza de los trabajos realizados y estar sellados y firmados por la entidad destinataria de los servicios.
  • Relación de certificados

SOBRE 3. Propuesta Económica

Se presentará con arreglo al modelo ANEXO II del presente pliego.

7. PLAZO

El plazo para presentación de proposiciones será de quince (15) días naturales contados desde la publicación en la página WEB de Federación Mercantil de Gipuzkoa.

8.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DESEMPATE Y REGIMEN ADMISIÓN DE VARIANTES

El órgano de contratación efectuará la adjudicación de acuerdo con los siguientes criterios:

1.- Precio: HASTA 40 PUNTOS

Se otorgará el máximo a la proposición más económica y el resto se valorarán de forma proporcional mediante la siguiente fórmula:

P = (I1 x 40) / I2

Siendo:

P: Puntos a otorgar

I1: Importe medio de las proposiciones presentadas 40: Número máximo de puntos a otorgar

I2: Importe de la proposición en estudio

 

2.- Capacidad Técnica: HASTA 60 PUNTOS.

A la vista de los certificados aportados se valorará de la siguiente manera:

Criterios a valorar Valoración Máxima Umbral Mínimo
Capacitación de la persona adscrita al proyecto en materia de traducción de proyectos europeos de cooperación financiados a través de Fondos FEDER 3 puntos por cada certificado que avale los trabajos 15 0
7,5 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el campo del comercio minorista 15 0
Capacitación de la persona adscrita al proyecto en materia de interpretariado de proyectos europeos de cooperación financiados a través de Fondos FEDER 3 puntos por cada certificado que avale los trabajos 15 0
7,5 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el campo del comercio minorista 15 0

3.- Criterios de Desempate

Una vez aplicados los criterios de adjudicación previstos en la presente cláusula, en caso de empate se dará preferencia a aquellos licitadores que hayan aportado un mayor número de certificados relativos a trabajos realizados en el campo del comercio minorista.

9.- EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN

Vencido el plazo de presentación de ofertas, se celebrará una reunión constitutiva de la Mesa de Contratación. Esta estará formada por un representante de la Federación Mercantil de Gipuzkoa en calidad de beneficiario principal y un representante de dos entidades del partenariado del proyecto COMDUR.

La Mesa de Contratación calificará la documentación presentada en el sobre 1. Si observase algún defecto material en la documentación, lo comunicará a los ofertantes por correo electrónico, requiriéndolos para que subsanen en un plazo no superior a tres días hábiles. El resultado de los admitidos y de los que deban subsanar se comunicará a los interesados por correo electrónico.

En el mismo acto, si no hubiese que subsanar ningún defecto en la documentación del sobre 1, o una vez finalizado el plazo de subsanación, se procederá a la apertura de la documentación técnica contenida en el sobre 2 que no se podrá subsanar, complementar, ni modificar. No obstante, en aras de la correcta valoración de las ofertas, FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA podrá solicitar a los licitadores precisiones o aclaraciones a las mismas, siempre que ello no suponga una modificación de sus elementos fundamentales que implique una variación que pueda falsear la competencia o tener un efecto discriminatorio.

La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrán solicitar estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas del pliego. También se podrán requerir informes a las organizaciones destinatarios de la prestación, para la verificación de los trabajos certificados. En caso de necesaria verificación se comunicará a los interesados por correo electrónico y se otorgará un plazo no superior a tres días.

En el mismo acto, si no hubiese que realizar acto de verificación de la documentación contenida en el sobre 2, o una vez finalizado el plazo de verificación, se procederá a la apertura de la proposición económica contenida en el sobre 3.

10.- CAUSAS DE RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. ACLARACIONES A LAS OFERTAS

  • Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia.
  • En la valoración de la documentación técnica y la propuesta económica de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
    • Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos en el contrato.
    • No contemplar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
    • Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
  • Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
  • Presentar proposiciones con
  • Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en el pliego.
  • Presentar la oferta económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su representante legal.
  • Presentar la oferta fuera de plazo o en lugares diferentes a los
  • No subsanar en el plazo establecido las deficiencias
  • Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones del pliego de cláusulas administrativas o del de prescripciones técnicas, así como el incumplimiento de la normativa aplicable a la ejecución del contrato.

Las ofertas excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrán solicitar aclaraciones a las ofertas para poder aportar algún documento o formato que por error no se haya incluido, pero que se deduzca con claridad su contenido del resto de documentación sí aportada y que no añada ningún elemento nuevo susceptible de valoración. Igualmente se solicitarán aclaraciones para precisar imprecisiones o errores materiales o matemáticos en las ofertas cuya subsanación se deduzca con claridad de la documentación aportada en la oferta.

11.- NOTIFICACIONES LICITADORES

El mismo día de la apertura del sobre 3 la Mesa de Contratación levantará acta de los resultados de la apertura de los tres sobres y se enviará por e-mail a todas las empresas participantes en un plazo no superior a tres días.

12.- ACREDITACIONES Y OTRA DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE AL ADJUDICATARIO

Previamente a la firma del contrato, el adjudicatario propuesto deberá presentar, en un plazo máximo de 5 días laborables a contar desde la comunicación de la adjudicación vía e-mail, la documentación recogida en la presente cláusula:

  • Copia del DNI del apoderado, escrituras de constitución, de modificación y apoderamiento y representación de la persona jurídica.
  • Caso de agrupación de empresas, y en el mismo plazo se presentará la documentación acreditativa de haber hecho la correspondiente escritura de constitución y NIF.
  • Una garantía equivalente al CINCO POR CIENTO (5 %) del importe de adjudicación, IVA aparte. De no cumplir este requisito por causas a él imputables no se efectuará la adjudicación a su favor.

La garantía exigida podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:

  • Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.
  • Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo.
  • Mediante transferencia bancaria
  • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria (AEAT).
  • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social

13.  FORMALIZACION DEL CONTRATO

El contrato se firmará en el plazo máximo de 10 días hábiles una vez transcurridos los 15 días hábiles estipulados para la eventual interposición de recursos.

14.  CONDICIONES EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Obligatoriedad

El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en nombre del partenariado del proyecto COMDUR al adjudicatario.

El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los servicios contratados asumiendo las consecuencias que se deduzcan para la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en nombre del partenariado del proyecto COMDUR o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

Penalizaciones

Por tratarse de un proyecto financiado en un 65 % con fondos europeos, la no obtención de la financiación por causas imputables al adjudicatario facultará a FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en nombre del partenariado del proyecto COMDUR a la incautación de la garantía depositada hasta resarcirse del importe que suponga el incumplimiento y a la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados.

15.    CLAUSULAS ESENCIALES DE EJECUCION DEL CONTRATO

Personal para los trabajos

La firma adjudicataria deberá adscribir las tareas del presente contrato a la persona que adscribió en su propuesta de servicios. En caso que así no fuera, las nuevas personas adscritas al proyecto deberán cumplir los requisitos exigidos en el pliego de condiciones y deberán obtener al menos la misma puntuación que aquellas con las que se concurrió. Para ello se demostrará con los correspondientes certificados de ejecución. No se permitirá la sustitución del personal designado en la oferta sin el previo consentimiento de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA.

Además la firma adjudicataria deberá cumplir la normativa laboral y estarán obligadas a aplicar el convenio colectivo sectorial que legalmente corresponda y a justificar, cuando así lo requiera la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA, mensualmente el pago del salario a los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato.

Confidencialidad

Toda aquella información y documentación obtenida en la prestación del servicio por parte de la empresa adjudicataria no podrá ser facilitada a ninguna tercera persona o entidad sin consentimiento expreso de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA. Tanto la empresa adjudicataria como el personal asignado a ésta, se comprometerá a guardar absoluta reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer del personal de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA o cualquiera de las entidades que componen el partenariado del proyecto COMDUR y en general de cualquier persona relacionada con el contrato.

Calendario para la ejecución de los trabajos

Los trabajos se harán en las fechas más apropiadas para dar cumplimiento a todos los trámites fijados en el programa Interreg POCTEFA.

Calidad de los trabajos

Los trabajos se harán de acorde a las normas de calidad establecidas por el programa Interreg POCTEFA, siendo conformes a lo establecido en el pliego técnico de la presente convocatoria.

Incumplimiento de las cláusulas esenciales de ejecución.

El incumplimiento de las clausulas esenciales es causa unilateral de resolución del contrato.

16.  PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Las partes garantizan que cumplen con lo dispuesto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016

relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) así como en lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. (“LOPD”), en lo que no contradiga al RGPD así como lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre en el “(Reglamento”), así como en cualquier norma sobre protección de datos que le sea de aplicación, y se comprometen a dejar revisar, simultáneamente a la firma del presente Contrato, una copia de su documento de seguridad.

El adjudicatario se obliga a no acceder en modo alguno a cualquier dato personal de cualesquiera personas físicas que sean clientes, empleados, proveedores o colaboradores de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA sin su respectivo, expreso y escrito consentimiento para acceder o tratar tales datos, a tenor de lo dispuesto en el RGPD así como la vigente LOPD y demás normativa legal que en dicha materia estuviera en vigor y fuese de aplicación durante la vigencia del presente Contrato.

El incumplimiento de la presente cláusula facultará a la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZCOA en nombre del proyecto COMDUR para resolver el presente Contrato.

Una vez terminado, extinguido, resuelto o rescindido el presente Contrato, por cualquier causa, el adjudicatario se obliga a destruir o devolver a FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZCOA en nombre del proyecto COMDUR todos los datos personales a los que haya tenido acceso en virtud del presente Contrato.

17.    FACTURACIÓN

La facturación se irá realizando según el grado de avance de los trabajos.

Se facturará a cada uno de los socios del proyecto COMDUR de acuerdo a lo establecido en su plan de gasto del formulario de candidatura aprobado.

Cada factura vendrá acompañada de una relación de trabajos realizados en el periodo y referenciada con el nombre “EFA 110/01 COMDUR”.

18.    RESOLUCIÓN

Serán causas de resolución del contrato:

  1. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista a no ser que se produzca la sucesión en la persona del contratista.
  2. El mutuo acuerdo entre la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en nombre del partenariado COMDUR y el contratista.
  3. La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista y en todo caso el retraso injustificado sobre el plan de trabajos establecido en el pliego o en el contrato, en cualquier actividad, por un plazo superior a un tercio del plazo de duración inicial del contrato, incluidas las posibles prórrogas.
  4. El incumplimiento de la obligación principal del contrato o la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato.
  5. El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato.
  1. El desistimiento del contrato por la sociedad
  2. El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
  3. La facturación de ejecuciones no realizadas o medios no utilizados. Sin perjuicio de la responsabilidad que incumba al empresario por la no aportación íntegra de los medios comprometidos y el derecho de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA Y EL RESTO DEL PARTENARIADO COMDUR a no hacer efectivo el pago correspondiente, será causa de resolución del contrato la facturación de servicios no prestados o el cargo integro de servicios prestados con medios personales o materiales inferiores a los contratados.

En el supuesto a qué se refiere este apartado, la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA Y CUALQUIER ENTIDAD DEL PARTENARIADO COMDUR, se abstendrán de cualquier tipo de pago hasta la liquidación subsiguiente a la resolución del contrato.

  1. La sustitución de las personas adscritas a la ejecución del contrato sin consentimiento previo de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA.

De conformidad con lo previsto en el Derecho Civil las causas de resolución tendrán la naturaleza de condiciones resolutorias contractuales. Apreciada su existencia por el órgano de contratación procederá la declaración de resolución del contrato previa valoración sobre la oportunidad y conveniencia para el interés societario de la continuación del mismo.

En caso de estimarse conveniente la continuación del contrato el órgano de contratación podrá requerir la presentación de garantías adicionales.

Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.

Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA y el resto de los miembros del partenariado COMDUR por los daños y perjuicios ocasionados.

19.    EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN

La resolución del contrato dará lugar a la recíproca devolución de los bienes y se abonará por parte de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA Y DEL RESTO DE LOS MIEMBROS DEL PARTENARIDO de los trabajos entregados y recibidos de conformidad hasta la resolución del contrato.

Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.

Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a LA FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA Y AL RESTO DEL

PARTENARIADO COMDUR por los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.

20.    JURISDICCIÓN COMPETENTE

Serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación del contrato

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato.

En San Sebastián a 8 de febrero de 2024

Firmado por ***0250** MIREN MAITE VALMASEDA (R: ****4599*) el día 07/02/2024 con un certificado emitido por AC CAMERFIRMA FOR NATURAL PERSONS – 2016

Fdo. Maite Valmaseda Mocoroa

Directora Federación Mercantil de Gipuzkoa

 

ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (SOBRE 1)

El OFERTANTE don /doña ………………………….. en representación de la firma ………………con CIF , domicilio a efectos de notificaciones en ………………..con teléfono ………………… y mail de contacto ………………………….. realiza la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE para la adjudicación del SERVICIO DE TRADUCCIÓN E INTERPRETARIADO DEL PROYECTO EFA PROYECTO EFA 110/01 COMDUR, EN EL MARCO DE LA 1ª Convocatoria de proyectos del Programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027, haciendo constar que:

  • Ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en circunstancia alguna de las que prohíben contratar con la Administración.
  • La persona física/jurídica a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
  • Autoriza a la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA a comprobar la veracidad de la declaración responsable realizando las consultas oportunas ante los organismos competentes al objeto de
  • Dispone de la documentación exigible al adjudicatario comprometiéndose a presentarla a requerimiento de FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en caso de resultar
  • Conoce y está dispuesto a cumplir las cláusulas de ejecución específicas para este contrato recogidas en el presente pliego.
  • Dispondrá de todos los permisos y licencias requeridos para la realización de los trabajos, los cuales actualizará durante el plazo de ejecución del contrato.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente.

 

En …………………………… a …………….. de

 

ANEXO II: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA (SOBRE 3)

Don / D ……………… actuando en nombre propio (o en el de ……………… CIF……………..).

Declara quedar enterado de las condiciones para la adjudicación del SERVICIO DE TRADUCCIÓN E INTERPRETARIADO DEL PROYECTO EFA PROYECTO EFA 110/01 COMDUR, EN EL MARCO DE LA 1ª Convocatoria de proyectos del Programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027 y se compromete a la realización del contrato.

Para la valoración del precio se oferta un precio de: …………………………………….… €, (en número)   …………………………………………………………………………………….………….. Euros (en letra)

El precio consignado se incrementará con el % de IVA legalmente establecido, dependiendo del status jurídico del adjudicatario.

En ……………………, a ……. de ………………….. de ……….

 

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