PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN Y COORDINACIÓN DEL PROYECTO EFA 110/01

COMDUR, EN EL MARCO DE LA 1ª Convocatoria de proyectos del Programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027

1.-ANTECEDENTES

La Federación Mercantil de Gipuzkoa (FMG) presentó como Beneficiario Principal el proyecto EFA 359/CORE en el marco del programa Interreg V-A España• Francia- Andorra 2014-2020 (3ª convocatoria) que comenzó en enero de 2020 y finalizó en mayo de 2022. El objetivo de dicho proyecto fue apoyar al pequeño comercio en su digitalación.

En base a los resultados obtenidos y el grado de satisfacción de los beneficiario del proyecto, FMG decidió presentar el proyecto COMDUR (Competitive Retail) para apoyar al pequeño comercio a incorporar medidas de economía circular en la gestión de su negocio. El proyecto COMDUR utilizará las herramientas y metodologías aprendidas en el proyecto CORE

Para materializar las diversas actuaciones del proyecto COMDUR resulta imprescindible la contratación de medios externos, teniendo en cuenta asimismo que ninguna entidad del partenariado cuenta con personal disponible para asumir los servicios de asistencia técnica, por lo que resulta necesario proceder a la adjudicación y formalización de un contrato que posibilite contar con la asistencia técnica pertinente a estos efectos. Dicho contrato se considera un gasto compartido por la mayoría de los socios del proyecto COMDUR tal y como está reflejado en el presupuesto del formulario de candidatura programado, siendo la Federación Mercantil de Gipuzkoa como Beneficiario Principal la entidad responsable de dicha licitación.

El presente pliego tiene por objeto determinar las características, especificaciones y condiciones técnicas que habrán de regir la contratación del servicio.

2.- OBJETO

El objeto del contrato es la prestación de los servicios de asistencia técnica al partenariado del proyecto COMDUR para la gestión y coordinación del proyecto EFA 110/01 COMDUR.

El servicio que se licita deberá ser prestado a todos los socios del proyecto, que son los siguientes:

  • Federación Mercantil de Gipuzkoa.
  • Ayuntamiento de
  • Zaragoza
  • Centro Tecnológico de Cataluña. EURECAT
  • CCI Toulouse Haute Garonne
  • FEDE Toulouse
  • CCI Pyrénées-Orientales

Este trabajo se enmarca en el marco del programa INTERREG VI- A España-Francia- Andorra (POCTEFA) 2021-2027. 1ª Convocatoria Clásica de proyectos.

3.- ALCANCE, DESCRIPCION E IMPORTE DE LOS TRABAJOS A EJECUTAR

El trabajo a desarrollar para el partenariado del proyecto EFA 110/01 COMDUR será el siguiente:

  • Trabajos de Seguimiento y Coordinación Técnica del Proyecto:
    • Establecimiento de procedimientos de gestión diaria del
    • Planificación y seguimiento del progreso del plan de trabajo del proyecto, velando por el cumplimiento de objetivos y la obtención de resultados
    • Acompañamiento al Jefe de Fila en las reuniones del programa
    • Organización y dinamización de las reuniones de socios y asociados previstas en Toulouse, Zaragoza, Perpiñán y Pamplona:
      • Redacción de agendas
      • Elaboración de actas
      • Preparación de informes de situación respecto al Plan de Trabajo o al Plan Financiero que llevar a cada Comité de Coordinación que se celebrará en cada
      • Organización de Tutorías Bilaterales con los socios en cada
    • Si así se requiriese, acompañamiento al Jefe de Fila a reuniones extraordinarias con los socios del proyecto o los gestores del programa.
  • Gestión de tiempos y alerta temprana de plazos al partenariado del proyecto para garantizar el cumplimiento de los requisitos del programa en plazo y
  • Supervisión de informes / documentos entregables del proyecto para asegurar que cumplen los requisitos del programa y que son de calidad.
  • Realización de modificación del proyecto si fuese necesario, de acuerdo con las normas del programa.
  • Trabajos de Seguimiento y Coordinación Administrativo-Financiera del Proyecto:
    • Información y formación al partenariado sobre la elegibilidad de los gastos y directrices financieras según normativa aplicable del FEDER y del programa
    • Establecimiento de procedimientos de gestión administrativa y financiera del
    • Revisión de los informes de validación de gasto de los socios a incluir en las solicitudes de pago para verificar su
    • Redacción de informe de ejecución para las solicitudes de
    • Apoyo a los miembros del proyecto COMDUR en sus declaraciones de gasto (grabación de datos en la plataforma SIGEFA) y en la realización de los correspondientes informes de
    • Apoyo a los socios para dar respuesta a las aclaraciones solicitadas por las autoridades del programa, tanto en materia de redacción como en aportación de documentos.
  • Trabajos de Evaluación del Proyecto e Informes de Progreso:
    • Evaluación periódica del grado de cumplimiento de los indicadores del
    • Elaboración, supervisión y envío de Informes de Progreso técnico- financieros al Secretariado del Programa POCTEFA haciendo uso de la plataforma SIGEFA.

El importe de los trabajos a ejecutar es de 88.640€ (OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS) impuestos incluidos. Dicho importe corresponde al sumatorio de las partidas que cada uno de los socios del proyecto COMDUR tiene asignado en el formulario de candidatura para los trabajos de asistencia técnica externa para la coordinación y gestión del proyecto.

4.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN

4.1. Plazo de Ejecución

El plazo para la prestación de los servicios que constituyen el objeto del presente expediente se extenderá desde la firma del contrato hasta el 30 de Junio de 2026.

No obstante lo anterior, el plazo para la finalización de los servicios podrá ampliarse por decisión del partenariado del proyecto COMDUR siempre y cuando reciba la autorización de la Autoridad de Gestión para un aplazamiento de su fecha de finalización.

Por lo tanto, la finalización de este contrato irá ligada a la finalización del proyecto. En este sentido si el proyecto COMDUR resulta ampliado o dotado de mayor tiempo de ejecución, este contrato lo hará en la misma medida. Esta ampliación del tiempo no llevará aparejada una mayor cuantía del mismo toda vez que no supone un incremento en los trabajos que habrá de llevar a cabo la entidad adjudicataria, sino simplemente una modificación de los plazos en los que se los trabajos se habrán de llevar a cabo.

4.2.- Equipo de Trabajo

El equipo de trabajo propuesto deberá aportar personal cualificado, con conocimientos específicos en los aspectos de la prestación.

Los licitadores deberán aportar a la ejecución del trabajo un equipo compuesto por 2 personas que cumplan los siguientes requisitos mínimos:

  • que acrediten experiencia en la coordinación y gestión de proyectos europeos de cooperación financiados a través Fondos FEDER (se deben aportar al menos 3 certificados que acrediten trabajos de gestión y coordinación de proyectos europeos financiados a través de Fondos FEDER por parte de cada una de las personas adscritas al proyecto).
  • que acrediten experiencia en la redacción de proyectos europeos de cooperación financiados a través de Fondos FEDER (se debe aportar al menos 1 certificado que acredite la redacción de proyectos europeos aprobados financiados a través de Fondos FEDER por parte de cada una de las personas adscritas al proyecto).
  • que acrediten experiencia en la realización de trabajos en el campo del Comercio Minorista (se deben aportar al menos 2 certificados que acrediten trabajos relacionados con el sector Comercio Minorista por parte de cada una de las personas adscritas al proyecto).

 

4.3.- Propiedad de los informes y documentos elaborados

Todos los documentos, resoluciones e informes elaborados por la empresa adjudicataria como consecuencia de la ejecución del presente contrato serán propiedad exclusiva del órgano de contratación, que podrá utilizarlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin necesidad de aprobación por parte del adjudicatario.

4.4.- Confidencialidad

La empresa adjudicataria, así como el personal adscrito a la misma, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato.

5.- FORMATO Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS.

Las propuestas serán presentadas en formato papel con los requisitos y documentación señalada en el pliego de cláusulas administrativas.

 

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN Y COORDINACIÓN DEL PROYECTO EFA 110/01

COMDUR, EN EL MARCO DE LA 1ª Convocatoria de proyectos del Programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027

1.-ANTECEDENTES

La Federación Mercantil de Gipuzkoa (FMG) presentó como Beneficiario Principal el proyecto EFA 359/CORE en el marco del programa Interreg V-A España- Francia- Andorra 2014-2020 (3ª convocatoria) que comenzó en enero de 2020 y finalizó en mayo de 2022. El objetivo de dicho proyecto fue apoyar al pequeño comercio en su digitalización.

En base a los resultados obtenidos y el grado de satisfacción de los beneficiario del proyecto, FMG decidió presentar el proyecto COMDUR (Commerce Durable) para apoyar al pequeño comercio a incorporar medidas de economía circular en la gestión de su negocio. El proyecto COMDUR utilizará las herramientas y metodologías aprendidas en el proyecto CORE.

Para materializar las diversas actuaciones del proyecto COMDUR resulta imprescindible la contratación de medios externos, teniendo en cuenta asimismo que ninguna entidad del partenariado cuenta con personal disponible para asumir los servicios de asistencia técnica, por lo que resulta necesario proceder a la adjudicación y formalización de un contrato que posibilite contar con la asistencia técnica pertinente a estos efectos. Dicho contrato se considera un gasto compartido por la mayoría de los socios del proyecto COMDUR tal y como está reflejado en el presupuesto del formulario de candidatura programado, siendo la Federación Mercantil de Gipuzkoa como Beneficiario Principal la entidad responsable de dicha licitación.

El presente pliego tiene por objeto determinar las características, especificaciones y condiciones técnicas que habrán de regir la contratación del servicio.

2.- OBJETO

El objeto del contrato es la prestación de los servicios de asistencia técnica al partenariado del proyecto COMDUR para la gestión y coordinación del proyecto EFA 110/01 COMDUR

El servicio que se licita deberá ser prestado a todos los socios del proyecto, que son los siguientes:

  • Federación Mercantil de Gipuzkoa.
  • Ayuntamiento de Pamplona
  • Zaragoza Esencial
  • Centro Tecnológico de Cataluña. EURECAT
  • CCI Toulouse Haute Garonne
  • FEDE Toulouse
  • CCI Pyrénées-Orientales

Este trabajo se enmarca en el marco del programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027. 1ª Convocatoria Clásica de proyectos.

3.- PRESUPUESTO

El importe de los trabajos a ejecutar es de 88.640€ impuestos incluidos. Dicho importe corresponde al sumatorio de las partidas que cada uno de los socios del proyecto COMDUR tiene asignado en el formulario de candidatura para los trabajos de asistencia técnica externa para la coordinación y gestión del proyecto.

Presupuesto Total  

Periodos

2024 2025 2026
Federación Mercantil de

Gipuzkoa

 

17.732,00

 

7.092,80

 

7.092,80

 

3.546,40

Zaragoza Esencial 14.000,00 5.600,00 5.600,00 2.800,00
Eurecat 17.908,00 7.163,20 7.163,20 3.581,60
CCI Toulouse 16.500,00 6.600,00 6.600,00 3.300,00
Fede Tolouse 6.000,00 2.400,00 2.400,00 1.200,00
CCI Pirineos Orientales 16.500,00 6.600,00 6.600,00 3.300,00
TOTAL Impuestos Incluidos 88.640,00 35.456,00 35.456,00 17.728,00

 

En dicho presupuesto se hayan incluidos todos los gastos en los que deba incurrir el adjudicatario final para la ejecución del presente contrato, incluidos desplazamientos y el personal propio que destine a este fin.

El precio no será revisado bajo ningún concepto.

4.- TRAMITACIÓN Y PRESENTACIÓN

El presente expediente se tramitará mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria.

Las proposiciones serán secretas y se presentarán a través de correo administrativo en un sobre que contendrá tres sobres cerrados firmados por el licitador o por quien le represente, bajo la referencia de “LICITACION PROYECTO EFA 110/01 COMDUR” dirigidos a la atención del Gerente de la Federación Mercantil de Gipuzkoa. Siendo la dirección a donde remitir la siguiente:

Federación Mercantil de Gipuzkoa

Garibai Kalea 36

20004 Donostia

5.- CAPACIDAD

Solamente podrán contratar con Federación Mercantil de Gipuzkoa en nombre del proyecto COMDUR las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional conforme a los artículos 65 a 73 de la LCSP.

6.- DOCUMENTACION Y OFERTAS

El licitador presentará TRES sobres cerrados firmados por él mismo o por la persona que lo represente en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la entidad concursante, el título del procedimiento de licitación. Contendrán:

  • el primero (sobre 1 Documentación Administrativa) la hoja indicando datos de contacto de la persona para el caso de notificaciones, la declaración responsable y la documentación acreditativa de la solvencia técnica mínima solicitada;
  • el segundo (sobre 2 Documentación Técnica) nombre y currículum de las dos personas adscritas al proyecto COMDUR, certificados de trabajos de coordinación y gestión de proyectos europeos, certificados de trabajos de redacción de proyectos europeos de cooperación con resultado de aprobación, certificados de trabajos en el campo del Comercio Minorista y relación de certificados presentados.
  • el tercero (sobre 3 Propuesta Económica) la oferta económica ajustada al modelo anexo al presente pliego.

 

SOBRE 1. Documentación Administrativa.

  • Hoja indicando nombre, teléfono, e-mail de la persona de contacto de la empresa licitante para el caso de notificaciones.
  • Declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos de solvencia según se recogen en el 140 de la LCSP, de acuerdo con el modelo contemplado en el (ANEXO I) de este pliego
  • Documentación acreditativa de la solvencia financiera y técnica mínima solicitada:
  • Criterio de Solvencia económica – financiera: Cifra anual de negocio – Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año.
  • Criterio de Solvencia Técnica-Profesional de la empresa: Demostrar haber gestionado y coordinado al menos 3 proyectos financiados con Fondos FEDER en los últimos 5 años. Acreditación: Certificados de trabajos de gestión y coordinación de proyectos europeos financiado por el FEDER.

 

SOBRE 2. Documentación Técnica.

Para el desarrollo de los trabajos descritos en el pliego administrativo, se requiere un equipo de dos personas. La solvencia técnica de las personas adscritas al proyecto se demostrará a través de los siguientes documentos:

  • Nombre y currículum de las dos personas adscritas al proyecto
  • Certificados de trabajos de coordinación y gestión de proyectos europeos de cooperación financiados a través de FONDOS FEDER Los certificados deberán contener el nombre de las personas adscritas al proyecto, el importe de los trabajos y estar sellados y firmados por la entidad destinataria de los servicios.
  • Certificados de trabajos de redacción de proyectos europeos de cooperación con resultado de aprobación financiados a través FONDOS Los certificados deberán contener el nombre de las personas adscritas al proyecto, el importe de los trabajos y estar sellados y firmados por la entidad destinataria de los servicios.
  • Certificados de trabajos en el campo del Comercio Minorista. Los certificados deberán contener el nombre de las personas adscrita al proyecto, el importe de los trabajos y estar sellados y firmados por la entidad destinataria de los servicios.
  • Relación de certificados

 

No se valorarán aquellos certificados que acrediten trabajos NO remunerados

SOBRE 3. Propuesta Económica

Se presentará con arreglo al modelo ANEXO II del presente pliego.

 

7. PLAZO

El plazo para presentación de proposiciones será de quince (15) días naturales contados desde la publicación en la página WEB de Federación Mercantil de Gipuzkoa.

8.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DESEMPATE Y REGIMEN ADMISIÓN DE VARIANTES

El órgano de contratación efectuará la adjudicación de acuerdo con los siguientes criterios.

1.- Precio: HASTA 40 PUNTOS

Se otorgará el máximo a la proposición más económica y el resto se valorarán de forma proporcional mediante la siguiente fórmula:

P = (I1 x 40) / I2

Siendo:

P: Puntos a otorgar

I1: Importe medio de las proposiciones presentadas

40: Número máximo de puntos a otorgar I2: Importe de la proposición en estudio

 

2.- Capacidad Técnica: HASTA 60 PUNTOS.

A la vista de los certificados aportados se valorará de la siguiente manera*:

Criterios a valorar Valoración Máxima Umbral Mínimo
 

 

Capacitación del 1er miembro del equipo de trabajo propuesto en materia de coordinación y gestión de proyectos europeos de cooperación financiados a través de Fondos FEDER en los últimos 5 años.

1 punto por cada certificado que avale los trabajos 6 3
2 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el campo del comercio minorista  

 

4

 

 

0

3 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el programa POCTEFA en el campo del comercio minorista  

 

3

 

 

0

 

 

Capacitación del 2º miembro del equipo de trabajo propuesto en materia de coordinación y gestión de proyectos europeos de cooperación financiados a través de Fondos FEDER en los últimos 5 años.

1 punto por cada certificado que avale los trabajos 6 3
2 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el

campo          del                       comercio minorista

 

 

4

 

 

0

3 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el programa                                   INTERREG POCTEFA en el campo del comercio minorista  

 

3

 

 

0

Capacitación del 1er miembro del equipo de trabajo propuesto en materia de trabajos de redacción de proyectos europeos de cooperación con resultado de aprobación financiados a través de Fondos FEDER en los últimos 5 años. 1 puntos por cada certificado que avale los trabajos 4 1
2 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el campo    del    comercio

minorista

 

 

2

 

 

0

3 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el programa                                     INTERREG

POCTEFA en el campo del comercio minorista

 

 

6

 

 

0

 

 

Capacitación del 2º miembro del equipo de trabajo propuesto en materia de trabajos de redacción de proyectos europeos de cooperación con resultado de aprobación financiados a través de Fondos FEDER en los últimos 5 años.

1 puntos por cada certificado que avale los trabajos 4 1
2 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el campo del comercio minorista  

 

2

3 puntos por cada certificado que avale los trabajos en el programa                                     INTERREG

POCTEFA en el campo del comercio minorista

 

 

6

 

 

0

Capacitación del 1er miembro del equipo de trabajo propuesto en materia de comercio minorista. 1 punto por cada certificado que avale los trabajos 5 2
Capacitación del 2º miembro del equipo de trabajo propuesto en materia de comercio minorista. 1 punto por cada certificado que avale los trabajos 5 2

*A cada certificado se le asignará una única ponderación, siendo aquella de más valor la que se tenga en cuenta.

3.- Criterios de Desempate

Una vez aplicados los criterios de adjudicación previstos en la presente cláusula, en caso de empate se dará preferencia a aquellos licitadores que hayan aportado un mayor número de certificados relativos a trabajos realizados en el campo del comercio minorista.

 

9.- EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN

Vencido el plazo de presentación de ofertas, se celebrará una reunión constitutiva de la Mesa de Contratación. Esta estará formada por un representante de la Federación Mercantil de Gipuzkoa en calidad de beneficiario principal y un representante de al menos dos entidades del partenariado del proyecto COMDUR.

La Mesa de Contratación revisará la documentación presentada en el sobre 1. Si observase algún defecto material en la documentación, lo comunicará a los ofertantes por correo electrónico, requiriéndoles que subsanen en un plazo no superior a 10 días hábiles. El resultado de los admitidos y de los que deban subsanar se comunicará a los interesados por correo electrónico.

En el mismo acto, si no hubiese que subsanar ningún defecto en la documentación del sobre 1, o una vez finalizado el plazo de subsanación, se procederá a la apertura de la documentación contenida en el sobre 2 que no se podrá subsanar, complementar, ni modificar. No obstante, en aras de la correcta valoración de las ofertas, FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA podrá solicitar a los licitadores precisiones o aclaraciones a las mismas, siempre que ello no suponga una modificación de sus elementos fundamentales que implique una variación que pueda falsear la competencia o tener un efecto discriminatorio.

La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrán solicitar estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas del pliego. También se podrán requerir informes a las organizaciones destinatarios de la prestación, para la verificación de los trabajos certificados. En caso de necesaria verificación se comunicará a los interesados por correo electrónico y se otorgará un plazo no superior a tres días.

En el mismo acto, si no hubiese que realizar acto de verificación de la documentación contenida en el sobre 2, o una vez finalizado el plazo de verificación, se procederá a la apertura de la proposición económica contenida en el sobre 3.

10.- CAUSAS DE RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. ACLARACIONES A LAS OFERTAS

  • Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia.
  • En la valoración de la documentación técnica y la propuesta económica de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
    • Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos en el contrato.
    • No contemplar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
    • Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
    • Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
    • Presentar proposiciones con
    • Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en el pliego.
    • Presentar la oferta económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su representante legal.
    • Presentar la oferta fuera de plazo o en lugares diferentes a los
    • No subsanar en el plazo establecido las deficiencias
    • Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones del pliego de cláusulas administrativas o del de prescripciones técnicas, así como el incumplimiento de la normativa aplicable a la ejecución del contrato.

Las ofertas excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrán solicitar aclaraciones a las ofertas para poder aportar algún documento o formato que por error no se haya incluido, pero que se deduzca con claridad su contenido del resto de documentación sí aportada y que no añada ningún elemento nuevo susceptible de valoración. Igualmente se solicitarán aclaraciones para precisar imprecisiones o errores materiales o matemáticos en las ofertas cuya subsanación se deduzca con claridad de la documentación aportada en la oferta.

11.- NOTIFICACIONES LICITADORES

El mismo día de la apertura del sobre 3 la Mesa de Contratación levantará acta de los resultados de la apertura de los tres sobres y se enviará por e-mail a todas las empresas participantes en un plazo no superior a 10 días.

12.- ACREDITACIONES Y OTRA DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE AL ADJUDICATARIO

Previamente a la firma del contrato, el adjudicatario propuesto deberá presentar, en un plazo máximo de 10 días laborables a contar desde la comunicación de la adjudicación vía e-mail, la documentación recogida en la presente cláusula:

  • Copia del DNI del apoderado, escrituras de constitución, de modificación y apoderamiento y representación de la persona jurídica.
  • Caso de agrupación de empresas, y en el mismo plazo se presentará la documentación acreditativa de haber hecho la correspondiente escritura de constitución y NIF.
  • Una garantía equivalente al CINCO POR CIENTO (5 %) del importe de adjudicación, impuestos aparte. De no cumplir este requisito por causas a él imputables no se efectuará la adjudicación a su favor.

La garantía exigida podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:

  • Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.
  • Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo.
  • Mediante transferencia bancaria
  • El volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio del adjudicatario de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año.

El volumen de negocios se acreditará mediante la presentación del MODELO NORMALIZADO DE DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES ESTABLECIDO EN LA NORMATIVA DEL REGISTRO MERCANTIL Y JUSTIFICANTE DE DEPOSITO DE LAS

MISMAS EN EL REGISTRO MERCANTIL si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito

Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

En el caso de Uniones Temporales de Empresarios (UTE) regirá el principio de acumulación de la solvencia, de tal forma que a los efectos de cálculo del volumen anual de negocios se sumarán los importes de cada una de las sociedades o entidades que formar la UTE. A efectos de su justificación las sociedades o entidades que formen la UTE deberán aportar cada una su correspondiente modelo normalizado de depósito de cuentas establecido en la normativa del Registro Mercantil, todo ello sin perjuicio de las excepciones a la presentación del modelo normalizado antes descritas.

  • Seguro de Responsabilidad civil por riesgos profesionales por un importe mínimo de 88.640€ durante todo el proyecto.
  • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria (AEAT).
  • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social

 

13.  FORMALIZACION DEL CONTRATO

El contrato se firmará en el plazo máximo de 5 días hábiles una vez transcurridos los 15 días hábiles estipulados para la eventual interposición de recursos.

14.  CONDICIONES EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Obligatoriedad

El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en nombre del partenariado del proyecto COMDUR al adjudicatario.

El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los servicios contratados asumiendo las consecuencias que se deduzcan para la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en nombre del partenariado del proyecto COMDUR o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

Penalizaciones

Por tratarse de un proyecto financiado en un 65 % con fondos europeos, la no obtención de la financiación por causas imputables al adjudicatario facultará a FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en nombre del partenariado del proyecto COMDUR a la incautación de la garantía depositada hasta resarcirse del importe que suponga el incumplimiento y a la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados.

15.    CLAÚSULAS ESENCIALES DE EJECUCION DEL CONTRATO

Personal para los trabajos

La firma adjudicataria deberá adscribir las tareas del presente contrato a aquellos trabajadores que adscribió en su propuesta de servicios. En caso que así no fuera, las nuevas personas adscritas al proyecto deberán cumplir los requisitos exigidos en el pliego de condiciones y deberán obtener al menos la misma puntuación que aquellas con las que se concurrió. Para ello se demostrará con los correspondientes certificados de ejecución. No se permitirá la sustitución del personal designado en la oferta sin el previo consentimiento de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA.

Además la firma adjudicataria deberá cumplir la normativa laboral y estarán obligadas a aplicar el convenio colectivo sectorial que legalmente corresponda y a justificar, cuando así lo requiera la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA, mensualmente el pago del salario a los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato.

Confidencialidad

Toda aquella información y documentación obtenida en la prestación del servicio por parte de la empresa adjudicataria no podrá ser facilitada a ninguna tercera persona o entidad sin consentimiento expreso de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA

. Tanto la empresa adjudicataria como el personal asignado a ésta, se comprometerá a guardar absoluta reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer del personal de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA o cualquiera de las entidades que componen el partenariado del proyecto COMDUR y en general de cualquier persona relacionada con el contrato.

Calendario para la ejecución de los trabajos

Los trabajos se harán en las fechas más apropiadas para dar cumplimiento a todos los trámites fijados en el programa Interreg POCTEFA.

Calidad de los trabajos

Los trabajos se harán de acorde a las normas de calidad establecidas por el programa Interreg POCTEFA.

Incumplimiento de las cláusulas esenciales de ejecución.

El incumplimiento de las clausulas esenciales es causa unilateral de resolución del contrato.

16.  SUBCONTRATACION

El presente contrato no permite la subcontratación de los trabajos.

17.  PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Las partes garantizan que cumplen con lo dispuesto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016

relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) así como en lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. (“LOPD”), en lo que no contradiga al RGPD así como lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre en el “(Reglamento”), así como en cualquier norma sobre protección de datos que le sea de aplicación, y se comprometen a dejar revisar, simultáneamente a la firma del presente Contrato, una copia de su documento de seguridad.

El adjudicatario se obliga a no acceder en modo alguno a cualquier dato personal de cualesquiera personas físicas que sean clientes, empleados, proveedores o colaboradores de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA sin su respectivo, expreso y escrito consentimiento para acceder o tratar tales datos, a tenor de lo dispuesto en el RGPD así como la vigente LOPD y demás normativa legal que en dicha materia estuviera en vigor y fuese de aplicación durante la vigencia del presente Contrato.

El incumplimiento de la presente cláusula facultará a la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZCOA en nombre del proyecto COMDUR E para resolver el presente Contrato.

Una vez terminado, extinguido, resuelto o rescindido el presente Contrato, por cualquier causa, el adjudicatario se obliga a destruir o devolver a FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZCOA en nombre del proyecto COMDUR todos los datos personales a los que haya tenido acceso en virtud del presente Contrato.

18.    FACTURACIÓN

La facturación se irá realizando según el grado de avance de los trabajos.

Se facturará a cada uno de los socios del proyecto COMDUR de acuerdo a lo establecido en su plan de gasto del formulario de candidatura aprobado.

Cada factura vendrá acompañada de una relación de trabajos realizados en el periodo y referenciada con el nombre “PROYECTO EFA 110/01 COMDUR”.

19.    RESOLUCIÓN

Serán causas de resolución del contrato:

  1. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista a no ser que se produzca la sucesión en la persona del contratista.
  2. El mutuo acuerdo entre la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en nombre del partenariado COMDUR y el contratista.
  3. La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista y en todo caso el retraso injustificado sobre el plan de trabajos establecido en el pliego o en el contrato, en cualquier actividad, por un plazo superior a un tercio del plazo de duración inicial del contrato, incluidas las posibles prórrogas.
  4. El incumplimiento de la obligación principal del contrato o la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato.
  5. El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato.
  1. El desistimiento del contrato por la sociedad mercantil
  2. El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
  3. La facturación de ejecuciones no realizadas o medios no utilizados. Sin perjuicio de la responsabilidad que incumba al empresario por la no aportación íntegra de los medios comprometidos y el derecho de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA Y EL RESTO DEL PARTENARIADO COMDUR a no hacer efectivo el pago correspondiente, será causa de resolución del contrato la facturación de servicios no prestados o el cargo integro de servicios prestados con medios personales o materiales inferiores a los contratados.

En el supuesto a qué se refiere este apartado, la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA Y CUALQUIER ENTIDAD DEL PARTENARIADO COMDUR, se abstendrán de cualquier tipo de pago hasta la liquidación subsiguiente a la resolución del contrato.

  1. La sustitución de las personas adscritas a la ejecución del contrato sin consentimiento previo de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA.

De conformidad con lo previsto en el Derecho Civil las causas de resolución tendrán la naturaleza de condiciones resolutorias contractuales. Apreciada su existencia por el órgano de contratación procederá la declaración de resolución del contrato previa valoración sobre la oportunidad y conveniencia para el interés societario de la continuación del mismo.

En caso de estimarse conveniente la continuación del contrato el órgano de contratación podrá requerir la presentación de garantías adicionales.

Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.

Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA y el resto de miembros del partenariado COMDUR por los daños y perjuicios ocasionados.

20  EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN

La resolución del contrato dará lugar a la recíproca devolución de los bienes y se abonará por parte de la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA Y DEL RESTO DE LOS MIEMBROS DEL PARTENARIDO de los trabajos entregados y recibidos de conformidad hasta la resolución del contrato.

Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.

Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a LA FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA Y AL RESTO DEL

PARTENARIADO COMDUR por los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.

21. JURISDICCIÓN COMPETENTE

Serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación del contrato

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato.

En San Sebastián a 8 de febrero de 2024

Firmado por ***0250** MIREN MAITE VALMASEDA (R:****4599*) el día 07/02/2024 con un certificado emitido por AC CAMERFIRMA FOR NATURAL PERSONS – 2016

Fdo. Maite Valmaseda Mocoroa Directora Federación Mercantil de Gipuzkoa

 

ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (SOBRE 1)

El OFERTANTE don /doña ………………………….. en representación de la firma ………………con CIF , domicilio a efectos de notificaciones en ………………..con teléfono ………………… y mail de contacto ………………………….. realiza la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE para la adjudicación del SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN Y COORDINACIÓN DEL PROYECTO EFA 110/01 COMDUR, en el marco de la 1ª convocatoria de proyectos del Programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027, haciendo constar que:

  • Ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en circunstancia alguna de las que prohíben contratar con la Administración.
  • La persona física/jurídica a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
  • Autoriza a la FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA a comprobar la veracidad de la declaración responsable realizando las consultas oportunas ante los organismos competentes al objeto de
  • Dispone de la documentación exigible al adjudicatario comprometiéndose a presentarla a requerimiento de FEDERACION MERCANTIL DE GIPUZKOA en caso de resultar
  • Conoce y está dispuesto a cumplir las cláusulas de ejecución específicas para este contrato recogidas en el presente pliego.
  • Dispondrá de todos los permisos y licencias requeridos para la realización de los trabajos, los cuales actualizará durante el plazo de ejecución del

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente.

 

En …………………………… a …………….. de

 

ANEXO II: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA (SOBRE 3)

Don / D ……………… actuando en nombre propio (o en el de ……………… CIF……………..).

Declara quedar enterado de las condiciones para la adjudicación del SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN Y COORDINACIÓN DEL PROYECTO EFA 110/01 COMDUR, EN EL MARCO de la 1ª convocatoria de proyectos del Programa INTERREG VI- A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027 y se compromete a la realización del contrato.

Para la valoración del precio se oferta un precio de: …………………………………….… €, (en número)   …………………………………………………………………………………….………….. Euros (en letra)

El precio consignado se incrementará con el % de IVA legalmente establecido.

 

En ……………………, a ……. de ………………….. de ……….

 

 

 

 

 

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